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Licencia para todo el litoral español

Iniciado por Albert1, 10 de Febrero de 2017, 17:47:34 PM

Albert1

Primero perdir disculpas si este post no está publicado en el subforo adecuado, no sé donde preguntar esto ...

El tema es que tengo que renovar la licencia de Cataluña con la cual puedo pescar en todo el litoral español (o esto tengo entendido). Y como viajo mucho por temas de curro es lo que me interesa.

He visto los precios de otras comunidades y la verdad es que en algunas hay mucha diferencia. Todas las licencias sirven para pescar en todo el litoral español?

llumeres


Oscar_PM

Las licencias sirven exclusivamente para aguas interiores de cada comunidad, estas aguas son las que están entre dos puntas de un cabo a otro trazados en linea recta y validas para aguas exteriores (otra cosa es que en la de al lado te la acepten).
Para saber hasta donde llegan las aguas interiores de vuestra comunidad consultadlo donde expidan las licencias.
os dejo una foto con ejemplo bastante claro.


alvatroos

Cita de: Oscar_PM en 10 de Febrero de 2017, 18:53:40 PM
Las licencias sirven exclusivamente para aguas interiores de cada comunidad, estas aguas son las que están entre dos puntas de un cabo a otro trazados en linea recta y validas para aguas exteriores (otra cosa es que en la de al lado te la acepten).
Para saber hasta donde llegan las aguas interiores de vuestra comunidad consultadlo donde expidan las licencias.
os dejo una foto con ejemplo bastante claro.

???

En mi licencia(R4) expedida por la Geneneraliat de Catalunya dice:
"La licencia de pesca recreativa en aguas marítimas será válida en todo el Estado español y en aguas internacionales"
Me la han pedido en distintas comuninades por distintos cuerpos de repress..de seguridad y no he tenido nunca problemas.

"Si quieres leche bebe leche,pero deja en paz a la vaca"

Lito

Cita de: Oscar_PM en 10 de Febrero de 2017, 18:53:40 PM
Las licencias sirven exclusivamente para aguas interiores de cada comunidad, estas aguas son las que están entre dos puntas de un cabo a otro trazados en linea recta y validas para aguas exteriores (otra cosa es que en la de al lado te la acepten).
Para saber hasta donde llegan las aguas interiores de vuestra comunidad consultadlo donde expidan las licencias.
os dejo una foto con ejemplo bastante claro.


Yo no es por nada pero  la federacion de pesca andaluza no coincide en algunas cosas con la junta de andalucia. Segun me comentaron en Agricultura y pesca las lineas estan marcadas por los faros en nuestro litoral(salvo excepciones). Ademas la baila dicen que es legal en nuestra zona con 18 ctm y en la junta de andalucia pone que 36 ctm. los mismo que la lubina. Respecto a la licencia hay tres tipos, tengo entendido que las dos de pesca no continental te permiten pescar en aguas exteriores. pero si vas embarcado llevas una,si vas desde tierra otra y si vas a pesca continental otra.

AÑado. llevas razon en lo de las licencias y las aguas interiores que es sobre las unicas que tiene competencias las CCAA, las exteriores estan regualdas por el gobierno y se permite pescar con algunas excepciones comn la correspondiente licencia de la CCAA.

trasnorte

buenas, galicia tiene atribuídas las competencias a efectos de pesca recreativa, sòlo en aguas interiores, por eso parece lògico que una licencia expedida por la xunta no es vàlida para pescar fuera de líneas de base, por otro lado nuestra lei de pesca (hablo de memoria) 11/2008, en el art. 25, creo, dice que las licencias de otras ccaa, como de otros estados miembros de la ue, habilitan para la pesca  en las aguas de su competencia(interiores), para aguas exteriores se necesita otro permiso, que expide, el magrama o la secretería gral. de pesca, la lei de pesca estatal 3/2001,creo, no la controlo tanto, aparte hai normas específicas de recreativa
a marea non espera por ninguén. Camarón que se duerme, el robalo se lo papa.

Jarrillero

Yo tenia entendido que la fluvial era gestionada por cada comunidad autonoma pero creia que la recreativa maritima era valida para todo el territorio nacional.
Lo que no tiene mucho sentido es que yo pague 5 euros y balga para 5 años y otros pagien 10 euros al año....
En el rio entiendo que licencias y permisos de coros sirvan para mantener los rios/embalses/cotos... pero la licencia en el mar para que se utiliza?
Porque no repueblan, pero esq tampoco estan atentos a irregularidades....
A mi en 30 años no me la han pedido jamas. :nuse:
Cuantas más piedras encuentre en mi camino... más grande construiré mi castillo !!!

Nadir

CitarSegun me comentaron en Agricultura y pesca las lineas estan marcadas por los faros en nuestro litoral
Esa definición es la que sirve para marcar las aguas interiores del litoral, vamos, lo que vulgarmente se dijo "entre puntas", halla o no faro, si existe una isla o islote próximo es el que marcará el límite exterior (caso de Tarifa en el plano que adjuntáis). Pero bueno, esto es una definición que vale para otros aspectos como navegación y últimamente especies objeto de captura legal (ese es tema para otra tertulia), pero en el caso de las comunidades que expidan licencia de pesca que englobe la pesca desde costa como la embarcada, dichas licencias serán válidas en todo el litoral español incluidas las islas (Baleares y Canarias), lo que ocurre es que existen comunidades autónomas que complican más el asunto, no sé cómo estará en Andalucía, pero en la Comunidad Valenciana creo que no se exige licencia desde costa, pero sí embarcado, en Baleares no es necesaria la licencia individual para pescar embarcado, la licencia la ha de tener la embarcación, cosa que en Cantabria es justo al revés (caso del Anexo II para especies de especial protección aparte). Resumiendo y para no complicar a Albert que es quien planteaba la pregunta y de forma clara, SÍ, con tu licencia de Cataluña puedes pescar en todo el litoral español (hablando de pesca marítima siempre, la continental es otra historia).

Lito

NAdir, lo cierto es que no lo se con seguridad, pero dudo que en aguas interiores de Andalucia una licencia  catalana  (o cualquier licencia de otra comunidad )sin la licencia andaluza pueda pescar pues son competencias de la Comunidad autonoma de andalucia. En aguas exteriores si.

TXIPIRON

Aupa !

Como ya se a comentado, y si no estoy equivocado:
La licencia permite la pesca Marítima en Aguas Interiores de TODAS las Comunidades.
La pesca continental o de rios y pantanos, corresponde a Cada Autonomía, y los acuerdos al respecto que tengan entre ellas.

Salu2.  ;)
Y la gorda...andandará .......... ke sisomeeeeé !!!

Albert1

Muchas gracias por las aclaraciones. Me ha quedado una duda, como que yo solo pesco en el mar, si me sacara la licencia de andalucia, que es muy economica, podria pescar tanto en cataluña como en galicia?

Lito

Cita de: Albert1 en 10 de Febrero de 2017, 23:03:56 PM
Muchas gracias por las aclaraciones. Me ha quedado una duda, como que yo solo pesco en el mar, si me sacara la licencia de andalucia, que es muy economica, podria pescar tanto en cataluña como en galicia?

Mira Albert. Las aguas interiores son de cada comunidad autonoma. Si hay acuerdos de la de andalucia con otras lo desconozco, pero lo dudo por una simple razón: en mi licencia de pesca (clase 1 que es la de tierra pero no poen desde tierra porque hay zonas de tiera que son aguas exteriores en andalucia) pones que solo es valida en la comunidad de Andalucia y no creo que los demas puedan pescar en nuestras costas y yo no en la de los demas.

Y te hablo de la licencia de pesca desde tierra. porque en la maritima no me lo pone. Aunque hay sitios d tierra que son aguas exteriores y la licencia que aplica en la maritima. Por liar un poco mas el tema.

En dos palabras, si estas en aguas interiores vas a tener que pagarla y si estas en aguas exteriores no.

Pero pregunta en agricultura y pesca de tu comunidad.

Añado y ya dejo el tema; la clase 2 de andalucia que es la que decimos embarcado pero en realidad corrresponde a la de aguas exteriores que se supone que las alcanzas embarcado. con esa si tu comunidad la expide podrias pescar en andalucia en aguas exteriores pero nunca en aguas interiores salvo acuerdo de tu comunidad autonoma con la mia.

alvatroos

Albert,la mia expedida en tu comunidad dice muy claro lo que dice.5 años,50e.Y para todo el cosmos.
Lito,a mi me han pedido esta misma licencia en Andalucía la guardia civil y por encontrarme de noche en un punto rwaro,además se pusieron raritos con el coche y mis bolsillos,evidentemente todo ok.Pero además en Galicia también me la han pedido en los alrededores de un puerto donde iban "a pillar", despachando niños y jubilados :'(,tampoco dijeron ni mú.
Yo me voy a fiar de lo que dice el documento oficial y sellado,soy rarico :).
"Si quieres leche bebe leche,pero deja en paz a la vaca"

Nadir

Cita de: Lito en 10 de Febrero de 2017, 22:36:22 PM
NAdir, lo cierto es que no lo se con seguridad, pero dudo que en aguas interiores de Andalucia una licencia  catalana  (o cualquier licencia de otra comunidad )sin la licencia andaluza pueda pescar pues son competencias de la Comunidad autonoma de andalucia. En aguas exteriores si.
Lito, te estás liando porque en tu comunidad lo tienen un poco liado, en las comunidades donde la licencia de pesca marítima es única y sirve tanto para embarcado como desde costa la cosa está un poco más clara y dicha licencia sirve para todo el litoral español, otra cosa es a quien corresponda la vigilancia de esa aguas y la normativa vigente en ellas, pero ese ya es otro tema.

llumeres

Sobre este tema, los primeros que se pusieron "especiales", hace ya la tira de años, unos veinte, fueron los de la Generalitat de Catalunya y se les recordó que hay, de momento , una ley con rango superior que habilita a cualquier persona con una licencia de pesca expedida por cualquier CCAA a practicar la pesca a pie en todo el territorio nacional...Y todas las demás CCAA, menos los irreductible e imaginativos legisladores autonómicos andaluces pasaron por el aro...Así que para evitar tonterías del indocumentado uniformado de turno, llevar encima una fotocopia del BOE. En Galicia, Asturias, Cataluña y País Valenciano no hay problema...En otros sitios recordar siempre lo del tonto y la linde, así que echar mano del "papeles callan bocas", siempre, también, con educación...

Raspin

Yo no tengo ni p*ta idea pero cuando me la dieron me dijeron textualmente y sin yo preguntar... que era válida para las comunidades limítrofes, con lo cual entiendo que no lo es para las demás y no creo que me esté confundiendo con la de continental, en cuanto a embarcaciones  cada embarcación de 6ª lista tiene licencia para un número determinado de tripulantes y estarías cubierto con eso
para los de fuera
Artículo 38.-Licencias: Para la práctica de la pesca marítima de recreo es necesario estar en posesión de la correspondiente
licencia expedida por la Consejería de Medio Rural y Pesca.
Los permisos de pesca marítima de recreo expedidos por la Administración del Estado y otras comunidades autónomas serán válidos en las aguas marítimas de la competencia del Principado de Asturias, debiendo en todos los casos los titulares observar las prescripciones de esta Ley y normas que la desarrollen.
" La sabiduría me persigue... pero yo corro más"

TXIPIRON

Aupa !

Como ya comente en otro hilo parecido que salió hace tiempo ...
En La Graciosa ( que es Reserva Marina ), como andaba mosqueado por ello, nada mas llegar a la Isla, me acerqué al cuartelillo de la G.C. que hay allí, y pregunté si con la licencia de mi Comunidad podía pescar allí.
Estuvieron de "cháchara" entre ellos, y salió uno y me dijo que si, sin problema.
Si a 2.000 kilómetros de distancia ( no es una comunidad limítrofe )  ::), y en una Reserva Marina, no me pusieron problemas ..... no creo que los haya en otro lado.
A no ser que te encuentres con el mongolo de turno ... ( haberlos, haylos ).  :sisi:

Salu2.  ;)
Y la gorda...andandará .......... ke sisomeeeeé !!!

Lito

Cita de: llumeres en 11 de Febrero de 2017, 00:10:27 AM
Sobre este tema, los primeros que se pusieron "especiales", hace ya la tira de años, unos veinte, fueron los de la Generalitat de Catalunya y se les recordó que hay, de momento , una ley con rango superior que habilita a cualquier persona con una licencia de pesca expedida por cualquier CCAA a practicar la pesca a pie en todo el territorio nacional...Y todas las demás CCAA, menos los irreductible e imaginativos legisladores autonómicos andaluces pasaron por el aro...Así que para evitar tonterías del indocumentado uniformado de turno, llevar encima una fotocopia del BOE. En Galicia, Asturias, Cataluña y País Valenciano no hay problema...En otros sitios recordar siempre lo del tonto y la linde, así que echar mano del "papeles callan bocas", siempre, también, con educación...

Es que es todo una locura en todos los aspectos por el problema de las autonosuyas. Yo no doy abogado, pero lo que si se es que las competencias de aguas interiores pertenecen a cada comunidad autonoma, de ahí que sea ella misma la que regule si se pesca o no en ellas con cualquier licencia dependiendo de  acuerdos o no. Como bien dices, yo sigo pensando que aquí en Andalucia no se podria pescar con la licencia que dice Alvatros en aguas interiores pero si en la exteriores, otra cosa es que hagan la vista gorda porque desde luego es una gilipoyez que tengamos que pagar en cada comunidad. Y habra Comunidades donde si se pueda (las más sensatas sin duda).

llumeres

Lito, SI se puede pescar , a pie y desde costa, en Andalucía con la licencia de cualquier CCAA, porque hay una normativa de rango superior, publicada en el BOE. Ahí viene lo de los tontos y las lindes y la conveniencia de llevarse fotocopia de esa ley ( y ser educadamente firme) por si algún funcionario autonómico se sobrepasa. En caso de duda, el móvil está para algo.
Otra cuestión es la gestión de los recursos, las prohibiciones, normas y demás historias aplicadas en esas aguas interiores, donde cada CCAA hace de su capa un sayo.
Convencete, si cada CCAA pudiera hacerlo, tendríamos que llevar una licencia de cada CCAA .
De embarcada, ni papa, aunque la de submarina creo que también es válida para todas las CCAA.

Lito

Cita de: llumeres en 11 de Febrero de 2017, 07:44:37 AM
Lito, SI se puede pescar , a pie y desde costa, en Andalucía con la licencia de cualquier CCAA, porque hay una normativa de rango

superior, publicada en el BOE. Ahí viene lo de los tontos y las lindes y la conveniencia de llevarse fotocopia de esa ley ( y ser educadamente firme) por si algún funcionario autonómico se sobrepasa. En caso de duda, el móvil está para algo.
Otra cuestión es la gestión de los recursos, las prohibiciones, normas y demás historias aplicadas en esas aguas interiores, donde cada CCAA hace de su capa un sayo.
Convencete, si cada CCAA pudiera hacerlo, tendríamos que llevar una licencia de cada CCAA .
De embarcada, ni papa, aunque la de submarina creo que también es válida para todas las CCAA.

A ver, yo tengo dos licencias..una para pesca desde tierra que pone claramente que es valida solo para Andalucia y otra para embarcado(o maritima) que no pone nada de que sea válida solo para Andalucía. Según lo que dices con la primera no podria pescar en ningun lugar de España que no sea Andalucía pero con la segunda si que podria pescar a pie en cualquier lugar de España?.

Añado: Llumeres puedes ponerme link a la normativa que mencionas? estoy leyendo un decreto de andalucia y las competencias en esta materia (pesca recreativa desde costa) la tine totalmente asumida Andalucia. http://www.juntadeandalucia.es/boja/2003/248/3

Vuelo a añadir: Cito textualmente algo del decreto.

"1. Tendrán validez para el ejercicio de la pesca marítima de recreo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, las licencias de pesca marítima recreativa de clases 1 y 2 otorgadas por los órganos competentes de la Administración de otras Comunidades Autónomas, las que pudieran ser emitidas para aguas exteriores por la Administración del Estado, así como las expedidas por otros Estados Miembros de la Unión Europea."

Llevais razón, es la misma Junta de Andalucia quien lo permite.  :smiley_1140: :icon_pray:

Si esto es válido para todas las comunidades autonomas aqui vale 5,72 euros que si se solicita telematicamente serian 2,72 en el caso de clase1(Cuidado que esta a mi es la que me pone que solo es válida para Andalucia). Adjunto link http://www.juntadeandalucia.es/servicios/otros-tramites/detalle/70279.html

y la clase 2 que es embarcado que es la que no me pone ninguna limitación a Andalucia solo. que Vale 11,4 pero si lo haces telematicamente te bonifican con tres euros menos lo que serian 8,4. link "http://www.juntadeandalucia.es/servicios/otros-tramites/detalle/70280.html.

Ambas tienen vigencia para tres años.