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La legalidad de la pesca en kayak,

Iniciado por prowler14, 31 de Mayo de 2011, 21:30:56 PM

poque

solucio
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caul seria
2 (25%)

Total de votos: 6

Rapalero_Gijón

Cita de: Nadir en 10 de Noviembre de 2011, 18:01:45 PM
Coñ....! para lo que queremos tiramos de Wikipedia y lo que haga falta...

http://www.diccionario-nautico.com.ar/g_e.php


Ya que buscamos webs argentinas.... no será que alguno tiene ganas de que le coja la Guardia Civil...? ::)

Dlabrax

¡Vamos  a ver! (...y con toda confianza entre colegas), nadie esta diciendo que no se practique la pesca en kayak. Creo que todos estamos de acuerdo en que es una modalidad más de la pesca recreativa y que además debería estar incluida como tal.

Otra cosa es que la legislación actual este mal adecuada, mal redactada, o como se quiera definir, pero de momento es lo que hay, nos guste o no, y por lo tanto a día de hoy  cualquier organismo competente te puede denunciar.

Ésto es lo que se ha tratado de explicar ante la pregunta inicial de este post.

Por lo que se ve,  el intentar aclarar dicha pregunta, a algunos parece que se sienten ofendidos, porque realizan su propia interpretación. ....¡Pues allá cada uno!.

Se ha llegado a dar interpretaciones muy "sui generis", a casi al insulto, a la descalificación, ...pero, por favor, seamos sensatos, la normativa está muy clara, a fecha actual un kayak está catalogado igual que cualquier otro artefacto flotante o playero, por lo que NO ES UN EMBARCACION a efectos de la ley, y por lo tanto no está permitida la pesca de recreo en superficie desde él. Otra cosa es que esté relativamente tolerada, coma ya sabemos todos.

Da lo mismo que la definición de embarcación la diga la RAE, o "San Perico" príncipe de cualquier´"Wiquipedia", o que la diga "fulanito de tal", ...lo que manda y ordena ( ....y por lo cual se puede sancionar) es que para las leyes actuales sencillamente no se considera una embarcación.

¿Dónde están todos esos clubs de piragüismo, Kayak, y asociaciones, que en vez de defender esta modalidad de pesca, callan para que no se regule el tema?.
¿ Qué pasa, es que a todos nos gusta ir por libre?.
¿Es que no interesa que el tema esté regulado, como en otros paises ?.
¿ Es que para utilizar un Kayak cada capitanía puede hacer lo que le venga conveniente?.


Saludos y buena pesca, con kayak o sin él.

Nadir

Se ha tratado de explicar... no sé en base a qué os sentís con más derecho que el resto a tener que explicar a los demás, pero yo ya os he expuesto lo que dice el Ministerio de Fomento en cuanto a la consideración que tienen esos "artefactos de playa", cajón de sastre en el cual tienen cabida también cosas como esta

y que están incluídas en la normativa de la naútica de recreo, embarcación o no y desde la cual según vosotros no se puede pescar...

Rapalero_Gijón

No es cuestión de derecho, sino de criterio. Casi con caractér bíblico, "explicar al que no sabe".

Ya nos has expuesto lo que resume la web del Ministerio de Fomento, que carece de validez legal, porque no es más que una web y yo ya te he expuesto lo que dice "literalmente" el Real Decreto por el que se guía ese resumen. Valora tú mismo cual tiene más peso de los dos  ::)

El cacharro ese que nos pones ahi, obviando que en esa fotografia aparentemente esta en aguas continentales, por lo que habría que ver lo que dice la normativa de pesca de aguas interiores del lugar que corresponda.... qué se supone que tenemos que ver?....no lo decimos nosotros que no se pueda pescar desde él en el mar, sino la normativa de pesca de todas las CCAA del litoral español (ya he consultado todas, hazlo tú tambien para opinar, por favor).

Ahora bien, hablando de derechos...aunque agradecería el de permanecer en silencio, teneis derecho a argumentarme con leyes, normas, decretos... porqué se puede pescar desde kayak en la costa española  :) (porque aún no habeis ni medio demostrado nada) 8)


Hunter

Explicar al que no sabe, esta muy bien. Es loable. Pero tu tienes formación como para explicarnos a los que no sabemos. Porque en mi opinión lo tuyo no deja de ser una opinión, que yo creo equivocada.

Saludos.

Pd.-También podemos hablar de cosas ciertas, como casos documentados de kayakeros pescadores, denunciados y sancionados.

Hunter

Y siguiendo el razonamiento de algunos, que dicen que hay tres tipos de licencia para pescar en el mar: desde tierra, desde embarcación y submariana; tampoco es legal pescar vadeando puesto que no es exactamente desde tierra.
No te jode....

Rapalero_Gijón

....muy buen argumento, contundente  ::) .

La verdad es que pienso que realmente ninguno de los que pescais en kayak estais convencidos de que haceis lo correcto, porque si no, no tienen sentido vuestras reacciones  ;D

Alguno de los que os cerrais en banda os habeis molestado en informaros de una forma mínimente seria?...ni Wikipedias, ni leches....leyes puras y duras y consultas a la Consejeria y Capitania Marítima correspondiente.

Si tanto os preocupa y tan en vuestro derecho creeis estar, por qué no vais a hacer las consultas pertinentes a donde corresponda y que os lo den por escrito, en lugar de estar debatiendo sobre el olor de las nubes?

Hunter

Bueno Rapalero, yo soy funcionario de la Consejería de Agrícultura y Pesca de la Junta de Andalucía. Es cierto que no trabajo en el sector pesquero sino en el ganadero, pero estoy acostumbrado a manejar normativa y a instruir e informar procedimientos sancionadores.

¿Tu eres jurista o por lo menos funcionario, cuando hablas tan seguro como que tu interpretación es la cierta?

Saludos.


Dlabrax

Cita de Nadir :" ....de explicar... no sé en base a qué os sentís con más derecho que el resto a tener que explicar a los demás...."

Nadie ha ejercido más derecho que el que tú tienes dando una opinión al respecto. ¿o es que te hemos faltado al respeto?..

Te recuerdo la pregunta inicial del amigo Prowler14 ( que parece que no has leido) textualmente era la siguiente:

        varios compañeros en practica de su  deporte favorito (la pesca) en el mar an sido amolestado por la guardia civil comentandoles que desde kayak no se puede practicar la pesca ya que estan conciderado  como artefacto flotante y no como embarcacion de verdad que que  lo estan poniendo mui dificil para practicar nuestro deporte favorito,poceian la liciencia de pesca de embarcacion, la verdad como no an podido con lo barco deportivo nos hacen pagar el abuso de lo profecional a nosotros hoy.
  unsaludo.


Por si no te has dado cuenta esto es un foro, cuando alguien pregunta , los demás respondemos con el mismo derecho que el que pregunta ...y a ti también te incluyo.

Que a alguno no le guste alguna respuesta, o que no te interese lo que se comenta,  ...pues me parece bien, y respeto sus opiniones, pero de ahí a lo que has escrito.... ¡¡¡hombre .¡¡creo que te has pasado un pelín!.

¡Ah, por cierto  no sé que formación hay que tener para poder argumentar algo en los foros, ...pero...¿ es que hay que ser letrado, fucionario, GC. o alguna otra titulación más, y etc ...para hacer una referencia a un documento oficial y comentarlo o aclararlo? ...pues "mireusté" :  ...creo rotundamente que no, basta con saber leer, con molestarse en leer, y con razonar lo que dice lo escrito.

Hunter, ya que eres funcionario y perece que sí estás capacitado para ello, deberías saber que vadear como tú dices es estar en la costa.

No te lo voy a explicar porque ya que "a lo mejor no estoy cualificado"..  :meparto:. , sin embargo te voy a dar un pista: límite inferior de la ribera del mar.

Saludos y relájense señores, que como dicen los juristas: el desconocimiento de las leyes no nos exime de su cumplimiento.

Buena pesca.

Hunter

Bueno esto ya ha llegado a un punto que yo digo que tu dices. Asi que lo unico que queda es lo que decia antes, ver casos reales de sancionados.
La formación? que va eso no importa, todo el mundo sabe de todo.

Rapalero_Gijón

Bueno, ya que hay alguien mucho más cualificado para interpretar la normativa que yo, le pediría como favor lo siguiente:

Con la normativa de pesca marítima del Principado de Asturias y el Real Decreto 1435/2010 de 5 de Noviembre en la mano..... Podría argumentarnos la razón por la cual no sería sancionable pescar desde kayak? :)

Nadir

Cita de: Dlabrax en 13 de Noviembre de 2011, 21:43:52 PM
Cita de Nadir :" ....de explicar... no sé en base a qué os sentís con más derecho que el resto a tener que explicar a los demás...."

Nadie ha ejercido más derecho que el que tú tienes dando una opinión al respecto. ¿o es que te hemos faltado al respeto?..
Cita de: Rapalero_Gijón en 12 de Noviembre de 2011, 15:12:34 PM
No es cuestión de derecho, sino de criterio. Casi con caractér bíblico, "explicar al que no sabe".
... no sé si me explico...
... volviendo a OPINAR sobre el tema y siguiendo vuestros razonamientos... si pescamos sobre un artefacto que no es una embarcación, no estamos embarcados, si no estamos embarcados, ¿desde dónde estamos pescando?, si tenemos una licencia que permite la pesca desde costa y desde embarcación, ¿qué norma es la que nos pueden aplicar para sancionarnos?

Cuelebre1

Cita de: Nadir en 14 de Noviembre de 2011, 02:10:54 AM
Cita de: Dlabrax en 13 de Noviembre de 2011, 21:43:52 PM
Cita de Nadir :" ....de explicar... no sé en base a qué os sentís con más derecho que el resto a tener que explicar a los demás...."

Nadie ha ejercido más derecho que el que tú tienes dando una opinión al respecto. ¿o es que te hemos faltado al respeto?..
Cita de: Rapalero_Gijón en 12 de Noviembre de 2011, 15:12:34 PM
No es cuestión de derecho, sino de criterio. Casi con caractér bíblico, "explicar al que no sabe".
... no sé si me explico...
... volviendo a OPINAR sobre el tema y siguiendo vuestros razonamientos... si pescamos sobre un artefacto que no es una embarcación, no estamos embarcados, si no estamos embarcados, ¿desde dónde estamos pescando?, si tenemos una licencia que permite la pesca desde costa y desde embarcación, ¿qué norma es la que nos pueden aplicar para sancionarnos?

Seguramente la multa vendrá por usar medios no reconocidos por la normativa. Evidentemente contra eso , como contra cualquier sancion, podrás reclamar. 

Este tema me recuerda mucho una situacion vivida hace muchos años ( y no quisiera ponerme en plan abuelo cebolleta) en la cual unos chavaletes (con todas las licencias de pesca en regla) estaban pescando muiles que entraban del mar al rio, a palazos, cuando pasaban por una parte de la playa en la que el rio tenia muy poca profundidad......  la multa que les puso la G.C. se basaba en el uso de artes no tradicionales o reconocidas por el reglamento de pesca. (Ya me direis si hay arte mas tradicional de pesca .... :064:)

Con esto quiero decir que a la hora de multar se pueden basar en un art. que prohiba expresamente algo, o simplemente en estar haciendo algo que no está recogido en el reglamento que regula la actividad que sea.

En toda esa tertulia desde luego lo que más me sorprende es la reacción de los que os lo tomais como un ataque directo contra los kayakeros, cuando creo que ninguno estamos en contra, es más, la mayoria creo qeu consideramos que la normativa está coja en este aspecto y que necesita revisarse. 

Lo que si es una opinion personal mia, es que creo que será mejor que no regulen nada y dejen la pesca desde kayak en esa especie de limbo legal que parece estar ( imagino que ésto es lo que quereis los que os rasgais las vestiduras en esta tertulia, que el tema no se remueva demasiado... >:D ) . Porque en en momento que se regule , seguro se será de un modo restrictivo en cuanto a donde y como pescar  y  más exigente en cuanto a licencias, seguros, material, etc...

Rapalero_Gijón

La de pescar sin licencia  :sherlock:

Porque como muy bien dices, no estas ni en una embarcación, ni en tierra firme ::)

Hunter

Bueno acabo de revisar la normativa de pesca en aguas interiores del Principado de Asturias, y la verdad que es muy clara al respecto. La licencia de pesca desde embarcación autoriza a pescar desde embarcaciones de la 6ª y 7ª lista. Este es un extremo que no recoge la ley de pesca en aguas interiores, pero si viene recogido en el decreto que da desarrollo a esta ley para regular la pesca recreativa. Puede que quien pesque desde kayak en Asturias si tenga algunos problemas.

Pero esta situación no es generalizada. En Andalucía la normativa de pesca no es tan concreta, y la licencia de clase 2 autoriza la pesca maritima de recreo desde embarcación, sin más precisiones.
Y además de esto puedo decir que la administración de la Junta de Andalucia si admite la pesca desde kayak como embarcación; ya que yo tengo una resolución autorizandome a pescar "especies sometidas amedidas especiales de protección" en la que se menciona que pesco desde un kayak.

Saludos.

Rapalero_Gijón

Bien, si lees esta tertulia, verás que ya he comentado que "me sonaba" que algo se habia hecho en Andalucía.

De todas formas, si lees a secas la normativa andaluza, dice "pesca desde embarcación" y nos guste más o menos, un kayak no esta regulado como embarcación. Ahora bien, que si se ha sacado alguna norma específica que complemente a la normativa para poder emplear un kayak...no tengo nada que decir, pero no es algo generalizado en las demás CCAA. En todas las comunidades del Cantábrico, incluido la costa atlántica de Galicia, la normativa es igual o muy similar a la que has leido de Asturias...pero parece que no se quiere entender por parte de los interesados  ::)

Tambien he leido la de Baleares, la de Cataluña, la de Comnidad Valenciana y Murcia .... todas en la misma linea, salvo que haya algo que diga claramente lo contrario.

¿Pordrias ponernos en texto donde incluye a los kayaks para ser usados como embarcaciones en Andalucía?

Hunter

En ningún sitio incluye los kayaks como embarcación. Pero sabras que a nivel estatal (aguas exteriores) hay unas especies de protección especial (atun rojo, merluza, marlines, etc...); pues bien en aguas interiores andaluzas, estas especies incluyen tambien el bonito(Sarda sarda), y hay que pedir una autorización además de estar en posesión de la licencia para poder pescarlas.
Pues yo como puse antes tengo una resolución que me autoriza a pescar bonitos que dice literalmente:
   A la  vista de la solicitud, con fecha de entrada en esta consejería de 23 de noviembre de 2009, de D. x x x, mayor de edad, con DNI.x, propietario de una embarcación tipo kayak modelo Tarpon 100, y en posesiòn de la licencia de pesca tipo 2, se le autoriza a capturar especies relacionadas en el Anexo del Decreto 361/2003

Yo creo que esto ya es algo.

De todos modos cuando dicen embarcaciones de la 6ª y 7ª lista, es muy concreto porque estan definidas por la normativa. Pero si solo se menciona embarcación es en el sentido más amplio, aunque tu no quieres que se incluyan los kayaks, pero si buscamos el significado de kayak creo que también son embarcaciones.
La directora general de pesca y acuicultura si ha considerado mi kayak una embarcación.

Saludos.

Rapalero_Gijón

Efectivamente, ya es algo, no sé cuantas personas habran hecho una solicitud como esa hasta esa fecha, pero me imagino que pocas.

Te han concedido una licencia para pescar especies de especial protección, pero no sé con qué rigor han seguido la normativa de pesca (ni  tan siquiera la de abanderamiento y matriculación de embarcaciones de recreo) para concedertela teniendo un kayak.

Lo digo por lo siguiente:


Mirad la leyenda en la parte inferior de la hoja  :sherlock:

A parte de eso, no sé cómo habrás rellenado los datos del "buque/embarcación" ya que no los tienes.

En cuestiones de despacho de embarcaciones, es habitual ver "burradas" o falta de seriedad a la hora de seguir una normativa. No sé si en cuestiones de pesca es diferente  :)

Por ello sigo llamando "perdonavidas" a algunas administraciones. ¿Lo serán todas? .... el tiempo lo dirá :)

Rapalero_Gijón

... por cierto, en temas de urbanismo y ordenación del territorio, una licencia contraria a la legislación (se han concedido por un tubo...y seguramente se siga haciendo en menor medida) no hace que lo que se haga con ella sea legal y tanto quien la haya concedido como quien la "disfrute", pueden terminar respondiendo por ello ante un tribunal.

No sé si esto puede hacerse extesivo al tema que tratamos, pero ahi queda como curiosidad  :susurro:

Hunter

Bueno lo de las licencias urbanisticas que me pones es otro tema, jajajaa. Las normativas de pesca no consideran los kayaks por que la ley siempre va por detras de la realidad, no porque el espiritu de la ley sea que no se pesque desde los kayaks.

El modelo que me pones es para pesca en aguas exteriores. La solicitud que yo hice era sin modelo preestablecido.

Ahora he solicitado que me autorice el MARM a pescar en la reserva marina de Cabo de Gata-Nijar, en la que si pedian los datos de matricula. Bueno pues yo he presentado mi solicitud y espero que me la denieguen por esto, pero voy a seguir erre que erre hasta agotar la via administrativa. Si encontrase a un grupo de pescadores de kayak interesados podríamos contratar un abogado y meternos en un contencisoso-administrativo.

Saludos.