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La legalidad de la pesca en kayak,

Iniciado por prowler14, 31 de Mayo de 2011, 21:30:56 PM

poque

solucio
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caul seria
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Total de votos: 6

Nadir

RG enseña tú en esa pantalla dónde consta que está prohibido, porque todavía no lo he visto. Te recuerdo que cuando algo no está prohibido se deduce que está permitido, así que va a ser muy difícil encontrar una ley que lo permita expresamente, como tantas otras cosas...

Nadir

Es que nadie compara nada, simplemente no está regulado expresamente, con lo cual se engloba dentro de toda esa generalidad que no precisa registro, seguro, titulación, etc. Si cualquiera puede accader a navegar sin limitaciones es muy fácil que ocurran percances que los demás barcos sí regulados deben socorrer, pero como tampoco se exige seguro, si ocurren más percances a cuenta del salvamento, ¿quién se va a hacer cargo de esa responsabiblidad?Tú quieres que os regulen y os pongan exigencias? pues no sé lo contento que podrías estar después...

Rapalero_Gijón

Cita de: Nadir en 01 de Noviembre de 2011, 14:08:04 PM
RG enseña tú en esa pantalla dónde consta que está prohibido, porque todavía no lo he visto. Te recuerdo que cuando algo no está prohibido se deduce que está permitido, así que va a ser muy difícil encontrar una ley que lo permita expresamente, como tantas otras cosas...

Con mucho gusto, aunque agradecería que antes de decir algo os tomaseis la molestia de documentaros, ya que yo lo hago.  :)

Extraído de la normativa de pesca de Asturias:

Artículo 5.Licencia


1. Para practicar la pesca marítima de recreo es necesario estar en posesión de la licencia expedida por la Consejería competente en materia de pesca marítima. Los menores de 16 años deberán contar con autorización de quien ostente la patria potestad o representación legal para la obtención de la licencia.

2. Las licencias pueden ser: de costa, de embarcación y submarina.

a) La licencia de costa autoriza la pesca a pie, de las siguientes especies:

- 5 kgs. de especies piscícolas y cefalópodos, permitiéndose dentro de este cupo la captura de 1 pulpo de más de 1 kg. de peso. Se prohíbe la captura de angula.

- 5 kgs. de erizo de mar u oricio (Paracentratus lividus), lapas o lámparas (Patella sp.) y bígaros (géneros Littorina, Gibbula y Monodonta).

b) La licencia de embarcación autoriza la pesca desde embarcación de 6ª o 7º lista inscrita en el Registro de matrícula de Buques de las siguientes especies:

- 5 kgs. de especies piscícolas y cefalópodos, permitiéndose dentro de este cupo la captura de 1 pulpo de más de 1 kg. de peso. Se prohíbe la captura de angula.

c) La licencia submarina autoriza, exclusivamente, la captura de 5 kgs. de especies piscícolas mediante buceo en apnea no pudiendo utilizarse ningún medio de respiración bajo el agua, autónomo o semi-autónomo.

3. La licencia es personal e intransferible, y para su validez deberá ir acompañada del documento que acredite suficientemente la personalidad de su titular, excepto en los supuestos de embarcaciones de 6ª lista del Registro de matrícula de Buques en los que la licencia se expide a nombre de la embarcación.



Ahora, por favor, muestreme la pantalla donde consta la existencia de una licencia para la pesca recreativa en el mar desde un artefacto de playa en la comunidad autónoma vasca, cántabra, asturiana o gallega, porque todavia no lo he visto :sherlock:


Algo creo recordar que se ha hecho en Andalucía, pero no estoy seguro.

Saludos  :)



Rapalero_Gijón

Cita de: Nadir en 01 de Noviembre de 2011, 14:29:19 PM
simplemente no está regulado expresamente

Cómo que no? .... las Capitanias Marítimas tienen delimitada la zona de navegación de los artefactos flotantes. Otra cosa es que vayamos a una Capitania en la que no se enteren de la fiesta.

Aqui lo dice bien claro, eso sí, las exigencias, como es normal, no son las mismas que para las embarcaciones.



Saludos

pitxin00

pues le pese a quien le pese si te lees la reglamentacon de pesca maritima recreativa yo solo leo tres modalidades y los requisitos que hay que cumplir para practicar cualquirera de ellas:
Desde tierra, Desde embarcación, Submarina
que alguien pesque desde un flotador o desde una colchoneta de playa osea desde un artefacto flotante deberia saber que esta practicando la pesca deportiva de forma ilegal.
Ojo no nos equivoquemos yo no estoy en contra de la pesca desde kayak, es mas cuando estoy pescando y veo un pasar kayak me da hasta envidia (y no de la sana eeee, sino de la de "que cabron, como tiene  de lo espectacular que me parecen las imagenes, pero es lo quehay, tenemos una ley y le pese a quien le pese es lo que pone
ATHLETIC y 19 mas

Rapalero

También cabe la interpretación de que como no está ahí contemplada la pesca desde cachivaches flotantes se puede pescar sin licencia, ya que no hay un tipo que la contemple.  :P
LEE LAS NORMAS ANTES DE PARTICIPAR Y BUSCA ANTES DE PREGUNTAR por favor, sigue alguna conversación si es posible.  Arriba del todo puedes buscar.

Presley

Buenas
Yo vivo por la zona de Benidorm, y aqui de momento no te dice nada la Guardia Civil.
A no ser que te metas en las jaulas de las picifactoria, que hay al que cojan creo que les crujen con una buena multa. Por el resto no hay ningun problema.
Un saludo

Dlabrax

Yo no me pregunto porque la velocidad en autopista esta limitada a 120, sencillamente me planteo que ir a mayor velocidad está prohibido, y por tanto es sancionable. Otra cosa es que haga uso de los trucos que me permita la ley, ( entre otros unas cierta tolerancia en unos km por encima del límite) para ir a una velocidad superior. Pero está claro, si sancionan lo hacen como por haberme excedido de 120.

En el mar es lo mismo, por desgracia hoy por hoy aún no hay ninguna normativa explícita que permita la pesca desde un kayak (aunque me imagino que pronto estará incluido en las normativas de pesca, actualmente un kayak no esta considerado embarcación sino como otro artefacto flotante más), pero sin embargo la licencia de pesca en superficie sólo permite su uso desde costa  y en embarcaciones de 7ª Y 6 ª categoría, por lo que implícitamente no está autorizada en kayak.

Esa frase que muchos dicen, de que lo que no está en una ley o regulado está permitido no es cierta, lo más probable es que casi al 100% lleves las de perder , pero allá cada uno con su interpretación.

Que la situación se tolere en la mayoría de los sitios no quiere decir que esté permitida, hasta ahora también se venía tolerando la pesca en los muchos puertos, a pesar de estar prohibido hace muchos años por ley.

Tampoco hay que confundir la pesca en aguas continentales con kayak, pato o etc, pues ahí si esta regulado y se obliga al registro y matriculación en cada zona, así como tener los permisos oportunos para poder utilizarlos ( lo cual también es un coñazo de burocracia y etc, para aquel que quiera pescar por todo el país)

De todos modos y respondiendo al tiítulo del Post "Amonestación por la Guardia Civil", si hacen esto es porque pueden multarte y no deseaban multarle, pero eso no siempre puede ocurrir así.

Lo que pasa, y en esto tenemos que ser sinceros, es que la mayoría de pescadores no nos molestamos en conocer las normativas que nos atañen y a veces nos fiamos de lo que dice otro que a lo mejor es más ignorante sobre el tema,...y mientras no tengamos problemas...¡pues bien!,.......y ¡ así nos vá!

Saludos

nitas

Cita de: Rapalero_Gijón en 01 de Noviembre de 2011, 15:47:39 PM
Aqui lo dice bien claro, eso sí, las exigencias, como es normal, no son las mismas que para las embarcaciones.



Saludos
ahora que lo leo me acuerdo de que a un paisano de la zona de Miño lo denunciaron por no llevar silvato el resto lo llevaba el chaleco, el cabo por la vengala no le preguntaron pero por el silvato si y no lo llevaba,luego compro un compas o brujula de esas que lleva un silvato incorporado y la recurrio diciendo que no se dio cuenta pero en la brujula o compas que llevaba en el chaleco tenia silvato imcoporado y se la sacaron
http://santinitas.blogspot.com/
Kayaks: Ocean Tempo (ROTOMOD), Discovery DK-01.
Planeadora 4m.
Zona de pesca: Ria de Ares-Betanzos.

TXIPIRON

Hola !!
Una moto acuatica .... tambien es un artefacto flotante !! ....  :o
Como habia comentado, los puntos 3, 4 y 7  me dan la razon. Solo hay que tener 2 dedos de frente.
En el punto 7 dice que se puede llegar hasta las 2 millas, lo que vengo diciendo, y que modelos decentes de kayaks ya vienen homologados a tal fin.
Pero ..... en el articulo 6 pone que se navegara a vista de costa y con una linea entre cabos.
No se la distancia maxima que habria desde la costa hasta esa linea, pero aqui en el Cantabrico puedes estar viendo la costa a 10 millas y mas ...con las cordilleras y acantilados tan altos.
Salu2.   ;)
Y la gorda...andandará .......... ke sisomeeeeé !!!

_inaxio_

Pero vamos a ver, yo no sé por vuestras aguas pero por el norte la probabilidad de que pase una patrullera es como digo la misma que un pleno al 15. Que esté prohibido o no pescar desde kayak no tengo ni idea, pero lo que sí sé es la cantidad de cosas que estan prohibidas en el mar y no pasa absolutamente nada. Todo esto lo digo porque vivo a pie de mar y suelo salir en barco (en verano). También te pueden multar por no llevar el número de chalecos correspondientes, no llevar bengalas, no llevar el baño con el líquido químico ese (hace poco prohibieron que se echaran las kkitas al agua) para quitar la m en puerto, no llevar la bandera y mil cosas más. Con todo esto ya sabemos que te pueden enmarronar pero siendo serios ¿van a ir a por un tipo que anda en una piragua bordeando la costa?....poder claro que puede pero ya sería pa mear y no echar gota con las burradas que cometen los queridos barcos de pesca profesionales, gente limpiando de percebes la costa y un sin fin de historias más.

Siempre me he preguntado si uno en piragua tiene que llevar la licencia porque yo la tengo pero nunca la llevo, más que nada porque puedo perderla-destrozarla con el agua. No sé si valdría llevar una fotocopia o dar los datos al agente en caso de que te la pidan pero si estamos diciendo que esta prohibido será tontería esa licencia.

Por cierto no sé si es igual en todas las comunidades pero por el país vasco la licencia es la misma desde costa que desde embarcación  "Licencia pesca marítima recreativa superficie". Dicho esto ya sé que andais comentando que la piragua se considera otra cosa distinta a un barco pero coño si se permite desde costa y desde embarcación no veo ningún sentido de que te multen por hacerlo desde un kayak, muy aburridos tienen que estar para hacerlo creo yo.

TXIPIRON

Hola !!
Una persona sensata a hablado.  :)
Completamente de acuerdo contigo.
Salu2.  ;)
Y la gorda...andandará .......... ke sisomeeeeé !!!

Rapalero_Gijón

 :meparto: :meparto: ... de coña.

No sé si era ofensiva la foto del avestruz, pero es lo más representativo que he podido encontrar.

Muestro con total claridad cómo estan las cosas, que no las he redactado yo, y con tal de seguir retorciendo el tema para llevarlo a vuestro terreno decis lo que sea.

Ahora yo no negais que esté prohibido sino que "tienen cosas mejores que hacer que multaros".

Por esa regla de tres, si empiezan a levantar la mano, nos podremos pasar los cupos y tallas por el forro, por ejemplo. Osea, que no hay interes por cumplir la normativa, sino por evitar la multa 8)

En fin...nada nuevo, pero siempre es gracioso encontrarse con claros ejemplos del colectivo que formamos :)

Rapalero_Gijón

Joder con las entendederas selectivas. ::)

Punto 7: Embarcaciones que para su manejo requieran autorización federativa....

Un kayak, ni es una embarcación, ni requiere autorización federativa para su manejo...supongo que se refiere por ejemplo a pequeños veleros empleados en regatas de chavaletes.  ::)

En el punto 6 deja bien claro lo que hay. Dentro de las zonas delimitadas entre los cabos y puertos mencionados, debes estar a vista de la costa y en horas diurnas.

La proxima normativa van a tener que publicarla en el BS (Barrio Sésamo) en lugar de en el BOE

Rapalero

La comparativa con tallas y cupos no me vale. Eso ya es inmoral. Pasear en un cacho plástico no hace daño a nadie.

:frocket:
LEE LAS NORMAS ANTES DE PARTICIPAR Y BUSCA ANTES DE PREGUNTAR por favor, sigue alguna conversación si es posible.  Arriba del todo puedes buscar.

Rapalero

¡¡¡Que no es una embarcación!!! 

Vivan los vacíos legales para una actividad inofensiva.  :cunaooooo:
LEE LAS NORMAS ANTES DE PARTICIPAR Y BUSCA ANTES DE PREGUNTAR por favor, sigue alguna conversación si es posible.  Arriba del todo puedes buscar.

Rapalero

Resumiendo: que aún no me han legislado el pescar desde el pirautxo. Ver venir...
LEE LAS NORMAS ANTES DE PARTICIPAR Y BUSCA ANTES DE PREGUNTAR por favor, sigue alguna conversación si es posible.  Arriba del todo puedes buscar.

Dlabrax

Cada Capitanía puede dictar las normas que crea necesarias para su zona de competencia. Me imagino que regulará unas actividades u otras en función del tipo de mar que controle.

Obviamente no es lo mismo Asturias donde las líneas de base recta que definen los límites de las aguas interiores están muy próximas a la costa, que en algunas zonas de Galicia donde hay rías muy amplias y con unos límites relativamente lejanos. Por lo cual es muy probable que en las zonas donde las capitanías tienen normas específicas, haya más presión sobre los kayaks, cualquier embarcación, o sobre la pesca.

Lo mejor es usar el sentido común,  y en eso cada uno tiene el suyo.

De momento y por lo que se vé no están multando, y parece ser que ni tienen intenciones ( al menos eso parece, aunque te puede tocar algún pijotero y te fastidie el día) pero hacer la vista gorda a las normas legales no creo que sea una buena solución.

Saludos

Rapalero_Gijón

Cita de: Dlabrax en 02 de Noviembre de 2011, 19:34:54 PM

Lo mejor es usar el sentido común,  y en eso cada uno tiene el suyo.

De momento y por lo que se vé no están multando, y parece ser que ni tienen intenciones ( al menos eso parece, aunque te puede tocar algún pijotero y te fastidie el día) pero hacer la vista gorda a las normas legales no creo que sea una buena solución.


Eso es lo malo, dejar que funcione el sentido común de cada uno. Miedo me da  :susurro:

La solución, dentro de lo malo, es adelantarse e intentar colaborar con la administración para elaborar una normativa razonable, pero claro, para eso hay que saber de lo que se habla y conocer los derechos y deberes de los demas usuarios del mar. Vamos, no usar la ley del embudo, porque al final tendreis las de perder.

Como se espere a que empiecen a dar caña, que llegará ese día, tenedlo claro  :sherlock:, entonces ya no tendreis nada que hacer...ajo y agua y a depender de lo que haya dictado alguien que quiera quitarse el marrón de encima :)

P.D.- Oihan, yo creo que no hay ningún vacio legal. Las unicas modalidades de pesca recreativa en mar que estan permitidas están bien definidas en los ejemplos que he puesto  :smiley_1140:

Cuando yo gobierne os vais a giñar >:D >:D :075:


TXIPIRON

Hola !!
Para el conocimiento de alguno del foro ...  :064:  y de algun chupatintas amarravacas de los que hacen las leyes en este pais  :P
Mirar la definicion de kayak de mar en cualquier lugar, por ejemplo Wikipedia ...  :sherlock: :sherlock:

Salu2.  ;)
Y la gorda...andandará .......... ke sisomeeeeé !!!