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Nueva ley de pesca sobre pescar en los puertos.

Iniciado por dany_oliva, 09 de Enero de 2016, 22:33:26 PM

dany_oliva

Resulta que hoy me ha pasado una cosa extraña con la guardia civil,
estaba pescando en la punta de un puerto con 2 amigos mas se que en las bocanas esta prohibido pescar y se que pueden denunciar,
el caso es que llega la guardia y pide dni, enseguida preguntan que si tenemos droga algo y solo registran una mochila, nada mas eso preghntan que que hemos pescado y decimos que 2 espetones y un calamar que ha picado a una maxrap, dice que pescar al calamar esta prohibido y pescar en la bocana tambien, pensando que nos iban a multar se han tirado buen rato comprobando los dni y resulta que multa ni nada pero nos han dicho que en interior de puerto en una ley nueva que hay si que se puede pescar pero en las bocanas esta prohibido, entonces a mi lo que me extraña es que entre los barcos en el puerto se pueda pescar y en la bocana no. Alguien sabe mas sobre esta ley?

TXIPIRON

Aupa !

En las bocanas, donde hay paso de barcos, suele estar prohibido pescar ..... pero tanto desde tierra, como desde las embarcaciones.  :064:
Y hay en tu tierra, ( C.V. ) ahora que es lo legal .... tener Carnet de Pesca Deportiva, o ............ " Ancha es Castilla" ..... y cada uno a su bola ?  :D
La verdad es que hay un desmadre .....  ::)

Salu2.  ;)
Y la gorda...andandará .......... ke sisomeeeeé !!!

Xema

Esas restricciones dependen y se regulan por parte de la capitanía del puerto correspondiente.

Raspin

Hace años yo estaba a fondo en un minipuerto por la noche, llegaron y me pidieron DNI  y se pusieron a anotar en una libreta, con ellos de corbata les pregunté si habia algún problema y me dijeron que solo era rutina  ??? no supe mas del tema, a veces los propietarios de embarcaciones se quejan que les causan daños en ellas, yo ya he visto de todo con los veraneantes como monas por la noche, puede que fueran por ahí los tiros
El otro día pescando muy cerca de la barra exterior tuve que poner el carrete a fuego que entraba un pesquero a toda leche, menos mal que lo oí venir y vi sus luces, así que no me extraña la prohíbición  :P
" La sabiduría me persigue... pero yo corro más"

Nadir

No creo que sea algo nuevo
i) La pesca de superficie en los canales de acceso a puertos o en el interior de ellos, durante el tránsito de los buques. Así como en los lugares frecuentados por los bañistas, tales como playas o similares.
Esto es lo que dice la normativa en Cantabria en el apartado de prohibiciones y es al menos del año 2002...

dany_oliva

Si lo se que esta prohibido, pero nos dijeron que dentro del puerto si que se puede pescar entonces es una ley un poco rara porque ni lo entendian los guardia civiles.
eramos 3 y solo pidieron una licencia de pesca para verla porque no sabian ni como es. Yo creo que no hay nadie en este pais que sepa todas las normas perfectamente

Lito

¨Si, lo de la leyes es la repera. como dices ni ellos mismos las saben con exactitud. Yo fui a la Junta de andalucía a pedir información y salí de alli con 100 foloios de leyes para leerme. Lo único que me quedo claro es que si pesco en la punta de dos espigones lanzando por delante del faro estoy pescando en aguas exteriores y en otro lugar del espigon estoy pescando en interiores..con eso te lo digo todo.

hercanet

Mira lo que dice el Decreto 41/2013, de 22 de marzo, del Consell, por el que se establecen las normas sobre la pesca marítima de recreo de la Comunitat Valenciana:

Artículo 4. Prohibiciones generales
En el ejercicio de la pesca recreativa queda prohibido para cualquier modalidad:
1. La venta de las capturas obtenidas, o la cesión a un tercero con un fin comercial.
2. La pesca a menos de 100 metros de lugares frecuentados por bañistas.
3. La pesca en las aguas portuarias, que incluyen las aguas abrigadas o interiores y las aguas exteriores o de fondeo y varada, con las excepciones que, en su caso, pueda establecer la autoridad competente en cada puerto.
4. La pesca en zonas acotadas o reservadas en función de lo establecido por la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
5. Interferir la práctica de la pesca profesional.

http://www.docv.gva.es/portal/ficha_disposicion_pc.jsp?sig=002950/2013&L=1

Nadir

CitarLo único que me quedo claro es que si pesco en la punta de dos espigones lanzando por delante del faro estoy pescando en aguas exteriores y en otro lugar del espigon estoy pescando en interiores..con eso te lo digo todo.
Pues si esto es lo que llevas claro, vaya lío que llevas! :D Lo que debes de tener claro es que el faro no está ahí para que ates mejor el señuelo a la grapa por la noche, es una ayuda a la navegación y por tanto en esos sitios está prohíbido pescar, porque la prohibición de pescar dentro de los puertos y sus accesos (los espigones es lo que son, accesos) es por seguridad en la navegación. Se hace la vista gorda a que se pesque en estas zonas en muchas ocasiones, pero choca mucho cuando algún pescador vocifera e incluso insulta a alguna embarcación menor cuando navegan por esas zonas temerosos de que se lleven sus aparejos  :D el mundo del revés, el que incumple la norma llamando la atención (por decirlo finamente) a quien está dentro de sus derechos.

Lito

Nadir, te tengo que corregir, los espigones suelen pertenecer a las autoridades portuarias de la zona y ellos dictan las normas de si permiten o no permiten la pesca. respecto a los faros, decirte que al menos aquí, la linea recta imaginaria que une dos faros en particular marca las aguas interiores de la exteriores, con el consiguiente cambio en la normativa de pesca recreativa.

dany_oliva

La verdad que en mi zona para que multen a alguien ya tiene que estar haciendo algo muy exagerado porque cada uno hace por aqui lo que le da la gana, por mi ojala que se pusieran mas duros y controlaran mas porque despues nos quejamos de que nos prohiben cosas. Y si prohiben pescar en bocanas es porque la gente no respeta a los barcos, hay un caso que en gandia estaba pasanso una barquita y uno aun va lanza el señuelo y engancha a una niña en la mano y aun va y pega estiron, por culpa de esa gente es por la que los pescadores de verdad pagamos las cosas malas que hacen otros. Yo pienso que nosotros tendrimos que ser los primeros en llamar a la guardia y avisar de que alguien esta haciendo algo mal para que vean que los que de verdad amamos la pesca somos los que mas respetamos todo

Nadir

Cita de: Lito en 10 de Enero de 2016, 20:24:40 PM
Nadir, te tengo que corregir, los espigones suelen pertenecer a las autoridades portuarias de la zona y ellos dictan las normas de si permiten o no permiten la pesca. respecto a los faros, decirte que al menos aquí, la linea recta imaginaria que une dos faros en particular marca las aguas interiores de la exteriores, con el consiguiente cambio en la normativa de pesca recreativa.
No me corrijas tanto... las normativas de pesca dependen de la consejería correspondiente en cada comunidad autónoma, en el caso de la mía, Cantabria, la consejería de agricultura, ganadería y pesca y en esa normativa se prohíbe expresamente, no me hagas repetir el artículo, que ya está publicado; pero es más, existen o pueden existir puertos no dependientes de una autoridad portuaria, en los cuales también es aplicable esta norma, cosa lógica porque la norma tiene como función preservar la seguridad en la navegación de dichas zonas.
En cuanto al cambio de normativa a partir de esa línea imaginaria, es como de chiste lo que planteas, ¿qué quieres decir, que si lanzas desde la punta del espigón hacia fuera de esa línea imaginaria estás pescando legalmente? :meparto:

Lito

Cita de: Nadir en 11 de Enero de 2016, 16:00:06 PM

No me corrijas tanto... las normativas de pesca dependen de la consejería correspondiente en cada comunidad autónoma, en el caso de la mía, Cantabria, la consejería de agricultura, ganadería y pesca y en esa normativa se prohíbe expresamente, no me hagas repetir el artículo, que ya está publicado; pero es más, existen o pueden existir puertos no dependientes de una autoridad portuaria, en los cuales también es aplicable esta norma, cosa lógica porque la norma tiene como función preservar la seguridad en la navegación de dichas zonas.

Sí, Las normativas de pesca en aguas interiores corresponden a las comunidades autonomas, pero dentro de cada normativa la misma delega en las autoridades competentes el desarrrollo de la misma, llamese ayuntamientos o autoridad portuaria de la zona en cuestión.

El tema es que hay que conocer la legislación del sitio en el que se pesca, porque en los espigones de por aquí quien decide si se puede pescar desde ellos es el mismo Puerto de Huelva e imagino que en otros pasa lo mismo pues suelen ser los mismo puertos los que hacen lo espigones de entrada a los puertos.



Cita de: Nadir en 11 de Enero de 2016, 16:00:06 PM

En cuanto al cambio de normativa a partir de esa línea imaginaria, es como de chiste lo que planteas, ¿qué quieres decir, que si lanzas desde la punta del espigón hacia fuera de esa línea imaginaria estás pescando legalmente? :meparto:

Efectivamente, te pego un enlace de preguntas frecuentes de la Junta de andalucia y cito dos preguntas que se hacen.
link: http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/portal/export/sites/default/comun/galerias/galeriaDescargas/cap/pesca-y-acuicultura/Preguntas_planteadas_en_las_Jornadas.pdf

cita del documento:
"5.- ¿Se puede capturar pulpo mediante alguna modalidad de pesca recreativa?

En aguas interiores;  NO (solo se podrán capturar peces)
En aguas exteriores; NO. Aunque el RD 347/2011, de 11 de marzoincluye Octopus spp en su Anexo I, hay normativa específica que prohíbe la captura de Octopus vulgaris en el ejercicio de la pesca recreativa.

6.- ¿y otros cefalópodos?

En aguas interiores;  NO (solo se podrán capturar peces)
En agua exteriores; SI, en concreto las especies que recoge el Anexo I del RD 347/2011, de 11 de marzo
"

Aplicación en la práctica: Podrias coger un choco en la punta del espigón buceando si estas "por atras de la linea imaginaria" y si te mueves hacia la orilla  unos metros ya serían aguas interiores y estaría prohibido pescar chocos en pesca submarina.

Mapa de delimitación de aguas interiores con las exteriores.. En el mapa no se ve bien pero suele coincidir con los faros de los espigones en esta zona, aunque no tiene por qué.
https://www.google.com/maps/d/viewer?mid=z8WCQWDLn8sA.kE_wT8xvBnQM&hl=es&ie=UTF8&msa=0&ll=36.721274%2C-4.647217&spn=4.551978%2C9.876709&z=7

Nadir

Vamos a ver Lito, ¿te puede sancionar la guardia civil, seprona o un agente del servicio de guardería de pesca de la consejería correspondiente por pescar en un puerto? Respóndete tú mismo, pero no le des muchas vueltas al asunto porque así no aclaramos el tema. Yo creo que sí que está facultado, que lo haga o no depende ya de otros factores, pero no nos llamemos a sorpresa si esto ocurre. Por cierto, quien construya las infraestructuras no tiene por qué ser quien esté facultado para legislar y/o sancionar, la red nacional de carreteras depende de fomento pero quien lo regula es la dirección general de tráfico, por ejemplo.
No me pongas ejemplos de pescas que no se corresponden con lo habitual en este foro, yo la norma que inserté se refería a la pesca en superficie, la pesca submarina no lo es. Y ahora te devuelvo la pregunta, ¿si estás sobre esos espigones que mencionas estás en aguas interiores o exteriores?, me dá igual hacia donde lances, estás dentro de los límites del puerto, es más, aunque estés inmediatamente fuera, en esas aguas exteriores que mencionas, existe otra norma que dice que no se podrá practicar la pesca en canales dedicados a la navegación.
Si es que el tema es muy sencillo, se regula para que no se limite y ponga en peligro la navegación, si se hace muchas veces la vista gorda es otra cosa, pero hay quien cree que está en todo su derecho y a veces se extralimitan increpando a quien verdaderamente sí lo está, de ahí surgen luego los problemas, si la mayoría de pescadores que frecuentan los puertos tuviesen el sentido común de no estorbar con sus líneas el tráfico de las embarcaciones que por allí navegan no pasaría nada, pero yo he visto insultar y hasta lanzar algún plomo a embarcaciones que entran o salen de un puerto porque se llevan enganchada o pasan cercanos a alguna caña lanzada, cuando el real peligro es para algún tripulante de esa embarcaciones si esa línea lo engancha de alguna parte de su cuerpo, línea que además no se ve ni se tiene la obligación de estar atento a ella.

Lito

Nadir, no quiero entrar en más debate porque como he comenbtado cada uno debe de conocer la ley en su sitio.

Decirte que la GC puede multarte si cometesd una infraccion y si no la cometes pues no lo hara. Las instalaciones de el espigón de aquí es privada perteneciente al puerto de Huelva y por ponerte este ejemplo, actualmente estan en obras y no se puede pescar (perdon, no se pude pasar, pescar si vas andando si )creo que de 6am a 6pm. Si pasa el Seprona pues te podrían multar pues el puerto lo ha puesto en conocimiento del ayuntamiento y de la GC. Sin embargo, cuando acaben las obras pues decidiran si quieren que la gente pesque o no(lo logico es que siga como siempre, es decir, permitiendo la pesca) pero el espigon es del puerto de huelva y ellos deciden.

Lo único que te puedo decir es que solo te puedenb multar si te han cogido infraganti o pueden demostras que has cometido una infracción. Los canales de navegación también pueden estar delimitados por boyas de navegación y a lo mejor puedes pescar sin que te pasen los barcos al lado. En fin, cada comunidad autonoma, cada provincia y cada ayuntamiento es un mundo.

Modifico: respecto a lo de pescar en un Puerto, pues claro que está prohibido, al menos en mi zona. Pero al lado de un puerto si que puedes pescar siempre que no estorbes a la navegación, aparte que te diran los del puerto que te alejes o no pesques...y sin problemas.

dany_oliva

A mi la guardia civil en ese puerto que no es donde voy normalmwnte me dijo que en la bocana esta prohibida la pesca en todos los puertos de la comunidad valenciana pero que dentro del puerto si que se puede pescar siempre y cuando los portuarios lo permitan pero que no esta prohibido pescar, eso es lo que me dijeron a mi pir eso yo abri este tema porque me parece raro que no este prohibido

Lito

Cita de: dany_oliva en 11 de Enero de 2016, 20:19:29 PM
A mi la guardia civil en ese puerto que no es donde voy normalmwnte me dijo que en la bocana esta prohibida la pesca en todos los puertos de la comunidad valenciana pero que dentro del puerto si que se puede pescar siempre y cuando los portuarios lo permitan pero que no esta prohibido pescar, eso es lo que me dijeron a mi pir eso yo abri este tema porque me parece raro que no este prohibido

Yo por aquí los puertos que frecuento tienen todos la señal de prohibida la pesca. Supongo que si no la tienen tendras que preguntar, y si la GC te ha dicho eso es que por allí es así.

Rebalaje

El "problema" es que hay una ley estatal y diecisiete autonómicas. Ninguna de las autonómicas puede legislar contradiciendo la estatal. En la antigua ley estatal lo de las bocanas de puertos estaba bien definida la prohibición , así que en todas las comunidades era lo mismo. En la actual del 2011 ya no aparece definida  tal prohibición, así que son las Comunidades la que lo legislan. En algunas Comunidades ese tema se lo delegan a las autoridades portuarias, que no es contradictorio con la ley estatal. En definitiva que lo mejor es mirar lo que hay legislado en cada Comunidad y así no hay equívocos, aunque es difícil :-\  Un saludo :)

P.D. Casi todo ha pasado a las Comunidades:

CAPÍTULO III
Pesca marítima de recreo desde tierra

Artículo 8. Pesca marítima de recreo desde tierra.

Para poder practicar la pesca marítima de recreo desde tierra será necesario estar en posesión de la licencia de actividad expedida por el órgano competente de una comunidad autónoma del litoral o de las ciudades de Ceuta y Melilla, debiendo cumplir la normativa establecida por la administración en cuyo litoral se realice la actividad.
– El que quiera peces que se moje el culo.

Amilas

Rebalaje, a mí eso no me parece un problema, sino la consecuencia lógica de la asunción de competencias en un estado que reconoce y regula el sistema territorial por comunidades autónomas. Hay una Ley de Puertos por cada comunidad, y me parece razonable porque la realidad es distinta en cada comunidad. Del mismo tampoco veo ningún problema en que exista una legislación de pesca y de caza por cada comunidad porque las situaciones pueden variar considerablemente por la orografía, el clima, la humedad, la pluviometría...

     La Ley de puertos andaluza, por ejemplo,  incluso reconoce el uso del espacio portuario para la pesca deportiva y deja en manos de la autoridad portuaria la delimitación de los espacios restringidos. No debemos olvidar que los puertos tienen carácter público, porque la costa es un espacio público. Efectívamente la GC podrá sancionar siempre que una actuación esté tipificada como infracción. Así que a la pregunta de si te pueden sancionar por pescar en un puerto, habrá que responder con la normativa de cada comunidad en la mano acompañada por la reglamentación del puerto en cuestión.

   Por cierto, ¿ no se puedes pescar desde un faro? ¿ Porqué? No he encontrado nada.

   Y, Nadir, hay quien mantiene que sí puede ocurrir eso que te hace tanta gracia. Dada la divisoria entre aguas interiores y exteriores, puede ser que lanzando a la izquierda estés en unas y a la derecha en otras porque coincida con el vértice de dos lineas en un punto costero. Hay muy pocos casos, pero los hay. Particularmente tengo mis dudas (no sabéis la suerte que tenéis los que poseéis la certeza absoluta) ya que las aguas litorales son siempre interiores.

   Siendo prácticos: yo preguntaría directamente en el puerto, y no me conformará con un "no se puede", sino ocn la norma que lo diga.
?????? ??? ??????

Rebalaje

Amilas he entrecomillado la palabra problema, por lo mismo que tu has comentado perfectamente :)
– El que quiera peces que se moje el culo.