Noticias:

Necesitamos DONACIONES para mantener vivo el foro ➜ https://n9.cl/cg3pt

Menú Principal

Prohibición pesca lubina

Iniciado por txoco, 19 de Agosto de 2025, 14:25:25 PM

txoco

Buenas a todos,
Después de mucho tiempo, incluso algunos años sin practicar la afición, vuelvo y me encuentro con la intención de las autoridades de prohibir la pesca de la lubina en Cantábrico y Galicia. https://youtu.be/J9gjVDxCz3w?si=PX7rk9fW-aFd-62I

https://www.mapa.gob.es/es/pesca/participacion-publica/detalle/prd-medidas-de-gestion-recursos-pesqueros-audiencia-publica


¿Sabéis por aquí algo del tema o de alguna iniciativa para oponerse?

Yo solo conozco a la gente de AGPESUR( https://www.agpesur.org ) va a elaborar un modelo de alegación.  Hay hasta mediados de septiembre para alegar.



Se agradece difusión y cualquier información.

Gracias y un saludo

Trujitron

Yo por mucho que leo el decreto, entiendo que el ambito de aplicacion son buques pesqueros  y embarcaciones de recreo, no entiendo en qué punto se basan para interpretar que es extensible a la pesca recreativa desde costa y a la pesca submarina...

Un saludo.
Abu Garcia Eradicator Extreme EXTS-99MF-TZ 8-40 grs
Evergreen Zephyr Avantgarde ZAGS-91UL/L  1-18 grs
HTO Nebula 240 7-30 grs
Daiwa Certate G 19LT 4000D CXH ARK
Shimano Stradic FL – C3000XG
Daiwa Fuego 17 lt 3000 CXH

Pixin

A un rapalero le pueden prohibir que se lleve lubinas a casa, pero nunca le podrán prohibir pescar "a lo que salga" y luego soltarlas.

jibionaco

Yo entiendo lo mismo que Trujitron. Y dependiendo de cada cc.aa., existe la potestad de administrar la pesca recreativa, profesional y marisqueo en aguas interiores como quieran.

Weko

Es un poco extraño, porque añaden la lubina en el anexo 1 (prohibición) y en el anexo 2 (permitido con autorización). Además, se refiere a aguas exteriores, lo cual solo afectaría a unas pocas zonas, aunque sigue siendo una putada para los que pesquen ahí.

Tatitopanrico

Yo lo que veo es que el borrador no es nada claro, ya para empezar con el tema de las aguas exteriores y como se aplicará esta delimitación a la pesca desde costa, o el tema del asterisco en la lubina sin especificar su significado. Lo que tengo claro es que realizare una alegación, a ver si hay las suficientes para que nos tengan en consideración.

muxarro

También creo que habría que aclarar algunas cosas, sobre todo los limites de las aguas interiores, si alguien comparte un mapa con las líneas estaría muy bien, no he sido capaz de encontrar ninguno.
Si me afectase y tuviese que declarar las captura que hago no tendría problema, me llevo un par de lubinas o tres como mucho al año y me parece muy bien que limiten y controlen mejor a los que realmente hacen daño.

Nadir

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1977-23967
Ahí lo tenéis, ahí se establecen las líneas base que delimitan aguas interiores de exteriores. Para la pesca desde costa se considera que se realiza en aguas interiores, aunque te encuentres en uno de los cabos que delimitan esas líneas.

Weko

Cita de: Nadir en 26 de Agosto de 2025, 18:27:59 PMhttps://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1977-23967
Ahí lo tenéis, ahí se establecen las líneas base que delimitan aguas interiores de exteriores.

En esta web se puede ver el mapa con la línea que separa aguas interiores y exteriores. En el menú de la izquierda seleccionáis "Pesca>Reservas marinas>Reservas marinas". Creo que coinciden con las coordenadas de tu enlace.

Por lo visto un buen trozo del sur de Pontevedra se considera aguas exteriores.

https://sig.mapama.gob.es/geoportal/

Cita de: Nadir en 26 de Agosto de 2025, 18:27:59 PMPara la pesca desde costa se considera que se realiza en aguas interiores, aunque te encuentres en uno de los cabos que delimitan esas líneas.

Yo también había escuchado eso, pero la ley que quieren modificar dice esto:

Artículo 3. Modalidades.
La pesca marítima de recreo en aguas exteriores puede ser ejercitada en las siguientes modalidades:

a) Desde tierra.

b) Desde embarcación.

c) Submarina: es la que se practica buceando a pulmón libre, sin utilizar ningún tipo de elemento que permita la respiración en inmersión ni de medios mecánicos de propulsión.

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-6099

No sé si aún así no se tiene en cuenta cuando es desde tierra.

Nadir

EL BOE que pones es de 2011 y hasta ahora la pesca desde costa siempre se ha considerado en aguas interiores.

Weko

Cita de: Nadir en 26 de Agosto de 2025, 21:24:01 PMEL BOE que pones es de 2011 y hasta ahora la pesca desde costa siempre se ha considerado en aguas interiores.

Sí ¿Hay alguna ley posterior a esa que lo modifique? Solo he encontrado esta otra y no dice nada del tema:

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-7052

txoco

Hola,

Aquí otro video informando sobre el tema y como alegar: https://youtu.be/x80HBh_oULY?si=0QDkktN1v6vpgHMQ

Un saludo