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cambiemos la ley de pesca

Iniciado por kayuco, 19 de Octubre de 2007, 13:34:08 PM

kayuco

Me refiero al decreto 25/2006 de 15 de marzo que regula la pesca maritima de recreo en Asturias. En este decreto dice que la licencia de pesca deportiva desde embarcación autoriza la pesca desde embarcación de 6º o 7º lista. Es decir desde el kayak no se puede pescar legalmente pues no esta considerado una embarcación sino un artefacto flotante por no estar inscrito en el registro de buques. No es que yo sea un tiquismiquis en temas legales, pero ya me han llamado alguna vez la atención los vigilantes de pesca del Principado, aun teniendo la licencia desde embarcación, y me cuentan que la guardia civil del mar ya puso alguna denuncia por pescar desde el Kayak. ¿Como está la cosa en otras comunidades? Pues la ley estatal no especifica lo de embarcaciones de 6º o 7º. ¿Tenemos algun forero puesto en leyes que sepa que proceso es necesario para cambiar la ley e incluir la posibilidad de pescar desde el kayak? Si hay que recoger firmas me presto para coordinar la recogida en Asturias. Pero antes hemos de redactar el texto.

peskailla

www.pescamediterraneo2.com
www.kayakdemar.com
http://www.caranx.net/forums/
Peskama.wordpress.com

owen

Je, Je, Je...Se conoce que los políticos de turno conocen y visitan estos foros; consecuencia... ven las pescatas que algunos valientes y abnegados kayakeros consiguen y ¡Zas!... >:(normativa al canto pa que no le hagan la competencia a los barcos deportivos y los dejen sin piezas nobles que capturar.
Teniendo en cuenta la pasta gansa que por todos lados se paga por los atraques. ;D...hasta podría ser una conspiración en sus comienzos contra los kayakeros ¿no ?...Vete a saber.
Saludos Sir Owen's. :'(

josue

Hola.

He estado mirando el tema éste, y es una jodienda. Les he enviado un mail a traves de la página del principado, y me han contestado que según la dirección general de pesca tengo que preguntar en capitanía marítima si mi kayak pertenece a la septima lista de embarcaciones. He llamado a capitanía marítima y me han dicho que no, que para que pertenezca a la septima lista tengo que matricularlo. También me han dicho que solo puedo navegar por la zona 7 (aguas protegidas), vamos, lo mismo que si tuviera una colchoneta de playa...

Por lo tanto deduzco que pescar desde el kayak no está permitido, por lo menos en Asturias, a no ser matricules el kayak. Lo que no tengo claro es que, una vez matriculado, te exigan llevar todo el rollo de seguridad, ya que el orden del ministerio de fomento 1144/2003 que es la que regula el tema de seguridad dice que se excluye a los kayaks (sino habria que cambiar muchas cosas: desde el chaleco que tiene que ser 100N, llevar bengalas y una bomba de achique, pasando por un ancla de mínimo 3.5 kg, y sobre el extintor tengo mis dudas...  :'().

Resumiendo: si se puede matricular el kayak y no tienes que cumplir el tema de la seguridad todavía... En capitanía marítima me recomendaron ir a registro, pero tengo que ir la semana que viene porque ésta no hay nadie debido a unas bajas laborables.

¿Alguien ha matriculado su kayak que nos pueda contar si tiene que llevar tropecientas mil cosas?.

Un saludo.
Josué (RaiSe) | http://raise.enye-sec.org

josue

Hoy he enviado un par de mails más, para ver si me aclaran algo. De todas formas he estado leyendo el tema de las sanciones en el Principado de Asturias y me he quedado bastante más tranquilo, por pescar sin licencia te pueden meter entre 12 y 66 euros, al menos no me voy a ir a la ruina si algún guardia civil se pone tiquismiquis... ::).

Un saludo.
Josué (RaiSe) | http://raise.enye-sec.org