RAPA:
En el art 13 no viene nada, creo que te refieres a la disposición adicional segunda en la que se insta a la Comunidad Autónoma a reconocer las licencias expedidas en otras Autonomias y bla, bla, bla,... pero hace referencia a las licencias en materia de pesca interior, marisqueo y acuicultura, solo en estas, por lo que la licencia de pesca maritima de recreo solo es valida en la comunidad autonoma en la que te lo sacas.
Creo que tras leer el texto es lo que se entiende, si bien es cierto que el funcionario que me atendió me dijo que es valido en todo el territorio nacional.
No se, es una duda que me gustaría resolver antes de agosto que marcharé 10 días a recorrer la costa del Pais Vasco con una caña, una mochila y una tienda de campaña.
Por cierto, hay una web en internet que te saca la licencia de pesca maritima de recreo en la comunidad autonoma a la que vas.
Puede que nos estemos equivocando y los gallegos tengan razón.