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Peticiones masivas para salir a pescar

Iniciado por spinning-xixon, 21 de Abril de 2020, 13:41:12 PM

spinning-xixon

Cinnetic Explorer Black Sea Bass 2.70 (15-60) + Shimano Exage 4000 FD

Hart Toro Technolight 2.70 (5-25) + Shimano Nexave C3000 HG

WIXOM-9 200 L (2/10 G)  + Daiwa Fuego LT 2500 - XH

Cormoran Black Master Spin 2.10m (5-25) + Shimano Sienna 2500 FD

CCP

Pues según ha dicho PS,

Estamos en Fase 0 y cada fase dura 2 semanas.
Si se cumplen marcadores la Fase 1 será el 11 Mayo.
Fase 2 empieza 24-mayo: Caza y pesca deportiva permitida si todos los marcadores se cumplen por lo que sería para la semana del 24-mayo al 31-mayo.

Todo esto en función de los territorios y que mientras dure las fases de desescalada se prohíbe el transito interprovincial. Si todo va perfecto las fases acabarían para el  el 22 de junio y se podría viajar entre provincias.

El gobierno deja la puerta abierta a que algunos territorios con los marcadores "muy buenos" puedan pedir adelantar las fases. Y lo podrán hacer siempre que el ministerio de sanidad lo apruebe.

asa

Según las fases de desescalada previstas y anunciadas de manera genérica hace unos minutos por le presidente del gobierno, y lo que hasta ahora recoge la prensa, la pesca deportiva se reabrirá el 25 de mayo sino hay contratiempos.

Ghostlabrax

En la voz de Galicia pone que la fase 2 es en la que se podrá y no arrancará antes del 1 de junio




lander00

Creo que se trata de un error.
Seguramente no se habrán dado cuenta que la fase 0 dura 1 semana y no 2

ltblue

Vamos , que puedo ir antes a un bar o de tiendas que al campo a pescar  :nuse:
---------------------C & S---------------------

GUADAÑA

Si vis pacem, para bellum

https://www.instagram.com/la_jarbo

pescador

yo lo tengo claro, cuando se pueda salir a "hacer deporte en solitario" yo voy a pescar
la pesca es un deporte , y voy solo "
otra cisa es el desplazamirnto , pero tengo la rua a 500 netros de casa  y malo sea que no me entre dentro de la distancia permitida
una cosa es ser respetuoso con las normas y otra es dejar que me avasallen sin motivo
como mucho que de momento solo permitan dentro del municipio para evitar desplazamiento pues lo entenderia pero el no porque yo lo ordeno sin ninguna justificacion no va conmigo
HAY DIAS EN LOS QUE PESCAS Y OTROS DIAS EN LOS QUE APRENDES

asa

Los peces son alimento. Adquisición:  Acción de adquirid (RAE). Adquirir: Hacer propio un derecho o cosa que a nadie pertenece o que se transmite a título lucrativo u oneroso, o por prescripción (RAE). Código Civil Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad, Art.º 609: La propiedad se adquiere por ocupación. Art.º 610 Se adquieren por la ocupación los bienes apropiables por su naturaleza que carecen de dueño, como los animales que son objeto de la caza y pesca, el tesoro oculto y las cosas muebles abandonadas.

Por tanto, en mi opinión, que someto a cualquier otra mejor fundada, la pesca con caña en solitario en el mar, estando en posesión de la correspondiente licencia administrativa, es una actividad que puede practicarse, y por tanto se puede circular por las vías de uso público para llevar a cabo esta actividad.

Además, no ha sido prohibida ni restringida la actividad de pesca en el Anexo del Real Decreto que declaró el Estado de Alarma


https://www.boe.esBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 67 Sábado 14 de marzo de 2020 Sec. I. Pág. 25400 cve: BOE-A-2020-3692 Verificable en https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67 Sábado 14 de marzo de 2020 Sec. I. Pág. 25399
cve: BOE-A-2020-3692
Verificable en https://www.boe.es


Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Artículo 7. Limitación de la libertad de circulación de las personas.
1. Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:
a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
[...]
2. Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.

Artículo 10. Medidas de contención en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativos, actividades de hostelería y restauración, y otras adicionales.
[...]
3. Se suspende la apertura al público de los museos, archivos, bibliotecas, monumentos, así como de los locales y establecimientos en los que se desarrollen espectáculos públicos, las actividades deportivas y de ocio indicados en el anexo del presente real decreto.

ANEXO
Relación de equipamientos y actividades cuya apertura al público queda suspendida con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10.3
Museos.
Archivos.
Bibliotecas.
Monumentos.
Espectáculos públicos.
Esparcimiento y diversión:
Café-espectáculo.
Circos.
Locales de exhibiciones.
Salas de fiestas.
Restaurante-espectáculo.
Otros locales o instalaciones asimilables a los mencionados.
Culturales y artísticos:
Auditorios.
Cines.
Plazas, recintos e instalaciones taurinas.
Otros recintos e instalaciones:
Pabellones de Congresos.
Salas de conciertos.
Salas de conferencias.
Salas de exposiciones.
Salas multiuso.
Teatros.
Deportivos:
Locales o recintos cerrados.
Campos de fútbol, rugby, béisbol y asimilables.
Campos de baloncesto, balonmano, balonvolea y asimilables.
Campos de tiro al plato, de pichón y asimilables.
Galerías de tiro.
Pistas de tenis y asimilables.
Pistas de patinaje, hockey sobre hielo, sobre patines y asimilables.
Piscinas.
Locales de boxeo, lucha, judo y asimilables.
Circuitos permanentes de motocicletas, automóviles y asimilables.
Velódromos.
Hipódromos, canódromos y asimilables.
Frontones, trinquetes, pistas de squash y asimilables.
Polideportivos.
Boleras y asimilables.
Salones de billar y asimilables.
Gimnasios.
Pistas de atletismo.
Estadios.
Otros locales, instalaciones o actividades asimilables a los mencionados.

Espacios abiertos y vías públicas:
Recorridos de carreras pedestres.
Recorridos de pruebas ciclistas, motociclistas, automovilísticas y asimilables.
Recorridos de motocross, trial y asimilables.
Pruebas y exhibiciones náuticas.
Pruebas y exhibiciones aeronáuticas.
Otros locales, instalaciones o actividades asimilables a los mencionados.
Actividades recreativas:
De baile:
Discotecas y salas de baile.
Salas de juventud.
Deportivo-recreativas:
Locales o recintos, sin espectadores, destinados a la práctica deportivo-recreativa de uso público, en cualquiera de sus modalidades.
Juegos y apuestas:
Casinos.
Establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar.
Salones de juego.
Salones recreativos.
Rifas y tómbolas.
Otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de Juegos y apuestas conforme a lo que establezca la normativa sectorial en materia de juego.
Locales específicos de apuestas.
Culturales y de ocio:
Parques de atracciones, ferias y asimilables.
Parques acuáticos.
Casetas de feria.
Parques zoológicos.
Parques recreativos infantiles.
Recintos abiertos y vías públicas:
Verbenas, desfiles y fiestas populares o manifestaciones folclóricas.
De ocio y diversión:
Bares especiales:
Bares de copas sin actuaciones musicales en directo.
Bares de copas con actuaciones musicales en directo.
De hostelería y restauración:
Tabernas y bodegas.
Cafeterías, bares, café-bares y asimilables.
Chocolaterías, heladerías, salones de té, croissanteries y asimilables.
Restaurantes, autoservicios de restauración y asimilables.
Bares-restaurante.
Bares y restaurantes de hoteles, excepto para dar servicio a sus huéspedes.
Salones de banquetes.
Terrazas.


Nadir

A mi me has convencido, pero soy un cliente fácil en este aspecto, cuando des con un agente a ver si tienes el mismo éxito, suerte...

pescador

Cita de: asa en 29 de Abril de 2020, 11:59:24 AM
Los peces son alimento. Adquisición:  Acción de adquirid (RAE). Adquirir: Hacer propio un derecho o cosa que a nadie pertenece o que se transmite a título lucrativo u oneroso, o por prescripción (RAE). Código Civil Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad, Art.º 609: La propiedad se adquiere por ocupación. Art.º 610 Se adquieren por la ocupación los bienes apropiables por su naturaleza que carecen de dueño, como los animales que son objeto de la caza y pesca, el tesoro oculto y las cosas muebles abandonadas.

Por tanto, en mi opinión, que someto a cualquier otra mejor fundada, la pesca con caña en solitario en el mar, estando en posesión de la correspondiente licencia administrativa, es una actividad que puede practicarse, y por tanto se puede circular por las vías de uso público para llevar a cabo esta actividad.

Además, no ha sido prohibida ni restringida la actividad de pesca en el Anexo del Real Decreto que declaró el Estado de Alarma


https://www.boe.esBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 67 Sábado 14 de marzo de 2020 Sec. I. Pág. 25400 cve: BOE-A-2020-3692 Verificable en https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67 Sábado 14 de marzo de 2020 Sec. I. Pág. 25399
cve: BOE-A-2020-3692
Verificable en https://www.boe.es


Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Artículo 7. Limitación de la libertad de circulación de las personas.
1. Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:
a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
[...]
2. Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.

Artículo 10. Medidas de contención en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativos, actividades de hostelería y restauración, y otras adicionales.
[...]
3. Se suspende la apertura al público de los museos, archivos, bibliotecas, monumentos, así como de los locales y establecimientos en los que se desarrollen espectáculos públicos, las actividades deportivas y de ocio indicados en el anexo del presente real decreto.

ANEXO
Relación de equipamientos y actividades cuya apertura al público queda suspendida con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10.3
Museos.
Archivos.
Bibliotecas.
Monumentos.
Espectáculos públicos.
Esparcimiento y diversión:
Café-espectáculo.
Circos.
Locales de exhibiciones.
Salas de fiestas.
Restaurante-espectáculo.
Otros locales o instalaciones asimilables a los mencionados.
Culturales y artísticos:
Auditorios.
Cines.
Plazas, recintos e instalaciones taurinas.
Otros recintos e instalaciones:
Pabellones de Congresos.
Salas de conciertos.
Salas de conferencias.
Salas de exposiciones.
Salas multiuso.
Teatros.
Deportivos:
Locales o recintos cerrados.
Campos de fútbol, rugby, béisbol y asimilables.
Campos de baloncesto, balonmano, balonvolea y asimilables.
Campos de tiro al plato, de pichón y asimilables.
Galerías de tiro.
Pistas de tenis y asimilables.
Pistas de patinaje, hockey sobre hielo, sobre patines y asimilables.
Piscinas.
Locales de boxeo, lucha, judo y asimilables.
Circuitos permanentes de motocicletas, automóviles y asimilables.
Velódromos.
Hipódromos, canódromos y asimilables.
Frontones, trinquetes, pistas de squash y asimilables.
Polideportivos.
Boleras y asimilables.
Salones de billar y asimilables.
Gimnasios.
Pistas de atletismo.
Estadios.
Otros locales, instalaciones o actividades asimilables a los mencionados.

Espacios abiertos y vías públicas:
Recorridos de carreras pedestres.
Recorridos de pruebas ciclistas, motociclistas, automovilísticas y asimilables.
Recorridos de motocross, trial y asimilables.
Pruebas y exhibiciones náuticas.
Pruebas y exhibiciones aeronáuticas.
Otros locales, instalaciones o actividades asimilables a los mencionados.
Actividades recreativas:
De baile:
Discotecas y salas de baile.
Salas de juventud.
Deportivo-recreativas:
Locales o recintos, sin espectadores, destinados a la práctica deportivo-recreativa de uso público, en cualquiera de sus modalidades.
Juegos y apuestas:
Casinos.
Establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar.
Salones de juego.
Salones recreativos.
Rifas y tómbolas.
Otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de Juegos y apuestas conforme a lo que establezca la normativa sectorial en materia de juego.
Locales específicos de apuestas.
Culturales y de ocio:
Parques de atracciones, ferias y asimilables.
Parques acuáticos.
Casetas de feria.
Parques zoológicos.
Parques recreativos infantiles.
Recintos abiertos y vías públicas:
Verbenas, desfiles y fiestas populares o manifestaciones folclóricas.
De ocio y diversión:
Bares especiales:
Bares de copas sin actuaciones musicales en directo.
Bares de copas con actuaciones musicales en directo.
De hostelería y restauración:
Tabernas y bodegas.
Cafeterías, bares, café-bares y asimilables.
Chocolaterías, heladerías, salones de té, croissanteries y asimilables.
Restaurantes, autoservicios de restauración y asimilables.
Bares-restaurante.
Bares y restaurantes de hoteles, excepto para dar servicio a sus huéspedes.
Salones de banquetes.
Terrazas.

yo opino lo mismo
lo que no esta prohibido pus no lo esta
lo que estaba prohibido era estar fuera de casa salvo ciertas casos entre los que  no figuraba la pesca
ahora puedo estar fuera , entonces pesco
HAY DIAS EN LOS QUE PESCAS Y OTROS DIAS EN LOS QUE APRENDES

muxarro

Segun la Etb se puede hacer deportes en solitario sin contacto entre ellos el surf y la pesca no? venga hombre :frocket:





kubik

... no se distingue entre pesca de orilla o embarcada.... Seguro que se agarran a eso... De todas formas, que esperais de politicos que tienen el mar a 500km.
Y los de aqui en Euskadi solo saben decir :Confebask, Confebask, Confebask....  :frocket:

joseba

El 4 de mayo se supone que aquí en bizkaia dejan deportes. Yo creo que al igual que el surf nosotros tendremos permitido salir. O eso quiero creer.




asa

Hasta que no se publique la Orden Ministerial de Sanidad (se prevé que aparezca mañana en el BOE) no vamos a saber nada concreto.

asa

Si topas con un agente de la autoridad (Guardia Civil, Ertzaina, Mosso) ante todo hay que obedecer. Depende del agente, podrás exponer tus argumentos; pero los agentes trabajan ya con instrucciones concretas que pueden ser acertadas o no. El que haya tenido la desgracia se ser denunciado administrativamente, puede presentar alegaciones a esa denuncia en el sentido que he indicado.

Nadir

Te repito que estoy de acuerdo contigo, yo no tengo formación jurídica, pero hay quien teniéndola ya pone en tela de juicio que nos restrinjan la libre circulación amparandose en un estado de alarma, incluso ha habido sentencias que han hecho hincapie en esto, pero como actualmente vivimos en un estado policial estamos a merced de esos agentes que no solo tienen determinadas instrucciones, es que algunos aplican su criterio personal, sin ir más lejos, hace un par de días me pararon para preguntarme el motivo del desplazamiento, le mostré el certificado de mi empresa y el susodicho agente lo ponía en duda alegando que no llevaba ningún sello de la empresa, a pesar de que constaban nombre y domicilio social de la empresa, número de telefono, correo electrónico y firma del administrador, ese papel lo podía haber hecho cualquiera fue su expresión, solo quedó conforme cuando le enseñé también una copia de mi contrato, me hubiera sancionado injustamente, pero luego es a mi a quien corresponde presentar alegaciones que no me eximen del previo pago de la sanción; para ir a trabajar puedo asumir ese riesgo, para ir a pescar no, allá cada uno asumiendo riesgos.

jeMP13

se han cebado con nosotros, se les ha visto el plumero, ya sabeis a quien no votar

Pescador Enmascarado

Podrías argumentar más tú postura? Para mi la elección de votar a unos u otros o la de no votar va más allá de la prohibición temporal de poder ir a pescar. Me preocupa más la sanidad, la educación, el empleo, etc, etc. Pero ya cada uno con su orden de prioridades.
Un saludo.

Nadir

La sanidad y el empleo no creo que estén en sus mejores momentos.